Traspaso de visa en Colombia
Actualice la información de su visa cuando cambie de pasaporte, necesite corregir determinados datos o deba realizar el traspaso periódico de una Visa de Residente Permanente.
¿Qué es el traspaso de visa?
Es el procedimiento mediante el cual el Ministerio de Relaciones Exteriores autoriza o niega la reexpedición de una visa previamente otorgada, a solicitud de su titular y siempre que utilice la misma nacionalidad con la que obtuvo la visa original.
El traspaso puede solicitarse por pérdida, robo o cambio de pasaporte, por determinados errores de digitación, por cambios relacionados con el contratante o el cargo autorizado y en los demás casos establecidos por la normativa migratoria.
Importante: El traspaso no constituye una nueva categoría de visa ni amplía automáticamente su vigencia. Cada solicitud debe cumplir las condiciones aplicables al caso particular.
Atención: plazo especial para titulares de Visa de Residente Permanente
El Ministerio de Relaciones Exteriores amplió hasta el 31 de octubre de 2026 el plazo para efectuar el traspaso contemplado en el régimen transitorio de las visas de Residente Permanente.
Durante este periodo, las personas cobijadas por esta medida pueden presentar la solicitud de traspaso sin aportar salvoconducto, conforme a la Resolución 9316 de 2024.
Este beneficio no significa que el traspaso sea automático. El solicitante deberá presentar la solicitud mediante la plataforma oficial de visas y aportar los demás documentos exigidos por Cancillería.
Importante: Los titulares de visas de residente expedidas bajo regímenes anteriores deben revisar oportunamente su situación y evitar dejar el trámite para los últimos días del plazo.
Conozca qué cambió con las antiguas visas de residente indefinidas →
¿Qué cambió con las antiguas visas de residente indefinidas?
Bajo las regulaciones anteriores se expidieron visas de residente con vigencia indefinida. Por esta razón, muchos titulares conservaban la misma visa y solamente renovaban periódicamente su cédula de extranjería.
La Resolución 5477 de 2022 modificó este sistema. Los titulares de Visa de Residente Permanente deben solicitar el traspaso de su visa cada cinco (5) años para actualizar y reexpedir el documento electrónico correspondiente.
Para las visas otorgadas bajo regímenes anteriores se estableció un periodo de transición, cuyo plazo fue ampliado hasta el 31 de octubre de 2026.
Importante: El traspaso no significa solicitar la residencia nuevamente desde cero. Es un procedimiento de actualización y reexpedición de la visa que debe ser evaluado por Cancillería.
Después de completar el traspaso, puede ser conveniente revisar si la persona cumple los requisitos para solicitar la nacionalidad colombiana por adopción. Este es un trámite diferente, no es automático y depende del tiempo de domicilio y de las demás condiciones aplicables.
¿En qué casos se solicita el traspaso de visa?
El traspaso permite actualizar y reexpedir una visa previamente otorgada. Puede solicitarse cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:
• Pérdida o robo del pasaporte en el que constaba la visa.
• Cambio o renovación del pasaporte.
• Corrección de determinados errores en la visa.
• Cambios relacionados con el contratante, empleador o cargo autorizado, cuando corresponda.
• Traspaso periódico de la Visa de Residente Permanente.
• Los demás casos contemplados por la normativa migratoria colombiana.
Cada solicitud será evaluada individualmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores y deberá acreditar que continúan cumpliéndose las condiciones correspondientes.
Requisitos para solicitar el traspaso de visa
Para presentar una solicitud de traspaso deberán aportarse los siguientes documentos:
1. Requisitos generales de visa
Pasaporte o documento de viaje con vigencia mínima de seis (6) meses, en buen estado, copia de la página de datos personales, fotografía y demás requisitos generales aplicables.
2. Visa que se desea traspasar
Copia legible de la visa anteriormente expedida.
3. Cédula de extranjería
Copia de la cédula de extranjería correspondiente, cuando aplique.
4. Certificado de movimientos migratorios
Certificado expedido por Migración Colombia, conforme a las condiciones aplicables al caso.
5. Prueba de continuidad de las condiciones
Documento que demuestre que continúan vigentes las circunstancias que dieron lugar a la visa. Este requisito no aplica como prueba de las condiciones originales en el traspaso de la Visa de Residente Permanente, sin perjuicio de acreditar la actividad actual y los ingresos cuando corresponda.
6. Acreditación de actividad e ingresos
Documento que demuestre la actividad que realiza el solicitante en Colombia y su fuente de ingresos. Según el caso, podrá aportarse carta laboral o certificación de trabajo que indique cargo, fecha de ingreso y salario; certificación de ingresos expedida por contador; contratos; extractos bancarios u otros soportes económicos relacionados con la actividad declarada.
Importante: Los documentos aplicables dependerán de si la persona trabaja como empleada, ejerce una actividad independiente, recibe una pensión o cuenta con otra fuente legítima de sostenimiento.
7. Carta explicativa
Carta firmada en la que el solicitante indique claramente el motivo del traspaso y describa su situación actual en Colombia.
Importante: La autoridad de visas podrá solicitar documentos adicionales de acuerdo con el tipo de visa, el motivo del traspaso, la actividad económica y las circunstancias particulares del solicitante.
Documentos adicionales según el motivo del traspaso
Además de los requisitos generales, deberán presentarse los documentos que correspondan al motivo de la solicitud:
Pérdida o robo del pasaporte
Copia del nuevo pasaporte y documento o constancia que permita explicar y acreditar la pérdida o el robo, cuando corresponda.
Cambio o renovación del pasaporte
Copia del pasaporte nuevo y, si se conserva, copia del pasaporte anterior donde constaba la visa.
Errores en la visa
Copia de la visa que contiene el error y carta explicativa indicando la información que debe corregirse. El traspaso procede cuando no se solicitó oportunamente la corrección dentro del plazo establecido.
Cambio de razón social o de cargo
Certificación actualizada del contratante o empleador y documentos que demuestren la modificación, conservando las condiciones permitidas por la normativa.
Adición de otro empleador
Documentos del nuevo empleador y soportes de la actividad que se realizará. La nueva labor debe guardar relación con las actividades autorizadas en la visa vigente.
Visa de Residente Permanente
Copia de la visa, cédula de extranjería, certificado de movimientos migratorios, documentos que acrediten la actividad actual y carta explicativa del traspaso.
Nota: Los documentos adicionales pueden variar según el tipo de visa y las circunstancias particulares del solicitante.
Traspaso de la Visa de Residente Permanente
Los titulares principales y beneficiarios de una Visa de Residente Permanente deben solicitar periódicamente el traspaso de su visa para actualizar y reexpedir el documento electrónico correspondiente.
Traspaso cada cinco años
Conforme al régimen vigente, la Visa de Residente Permanente debe traspasarse cada cinco (5) años. La solicitud deberá presentarse por lo menos un mes antes de la fecha señalada para efectuar el traspaso.
Visas antiguas con vigencia indefinida
Las visas de residente expedidas bajo regulaciones anteriores estaban identificadas como indefinidas. Sus titulares quedaron sujetos a un régimen transitorio para realizar el traspaso y actualizar su documentación migratoria.
Plazo especial hasta el 31 de octubre de 2026
La Cancillería amplió hasta esta fecha el plazo para efectuar los traspasos contemplados en el régimen transitorio de las visas de Residente Permanente.
Durante el régimen transitorio no se exige salvoconducto
Hasta el 31 de octubre de 2026, las personas cobijadas por la medida transitoria pueden presentar la solicitud de traspaso sin aportar salvoconducto. Esto no significa que el trámite sea automático ni que puedan omitirse los demás requisitos.
Visas expedidas antes del año 2000
Cuando el titular manifieste que no puede aportar copia de la visa antigua, podrá presentar una declaración juramentada explicando las razones. También deberá aportar el certificado de movimientos migratorios ampliado hasta el año en que fue expedida la visa y la última cédula de extranjería obtenida.
Importante: El traspaso no equivale a solicitar nuevamente la residencia desde cero. Es un procedimiento de actualización y reexpedición que debe ser estudiado y aprobado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Procedimiento para solicitar el traspaso de visa
El trámite se realiza virtualmente a través de la plataforma oficial de visas del Ministerio de Relaciones Exteriores.
1. Reunir y digitalizar los documentos
Prepare el pasaporte, la visa anterior, la cédula de extranjería, los movimientos migratorios, la carta explicativa y los demás soportes correspondientes al motivo del traspaso.
2. Ingresar a la plataforma de visas
Acceda al formulario oficial de solicitud de visa en línea y seleccione la opción correspondiente a Traspaso.
3. Diligenciar la solicitud
Registre cuidadosamente los datos personales, la información del pasaporte y los datos de la visa que desea traspasar. La solicitud debe realizarse con la misma nacionalidad con la que fue otorgada la visa original.
4. Adjuntar los documentos
Cargue los archivos en el formato, tamaño y orden solicitados por la plataforma. Los documentos deben ser legibles, completos y estar vigentes cuando corresponda.
5. Pagar el estudio de la solicitud
Después de completar el registro, realice el pago del estudio utilizando alguno de los medios habilitados por Cancillería.
6. Atender los requerimientos
Revise frecuentemente el correo electrónico registrado. La autoridad de visas podrá solicitar información adicional, aclaraciones o nuevos documentos.
7. Pagar la expedición y recibir la visa electrónica
Si el traspaso es autorizado, deberá realizarse el pago correspondiente a la expedición. Posteriormente, la visa electrónica será enviada al correo registrado.
Importante: Presentar la solicitud o pagar el estudio no garantiza su aprobación. La decisión corresponde exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores.
Costos y tiempo de respuesta
Costo del estudio
El valor oficial del estudio para el traspaso de visa es de USD 56 cuando la solicitud se presenta en Colombia o fuera de Europa y Cuba.
Costo de expedición
Si el traspaso es autorizado, deberá pagarse adicionalmente USD 56 por la expedición de la nueva visa.
Valor total
El trámite tiene un costo total de USD 112, dividido en dos pagos: estudio y expedición.
En Europa y Cuba, las tarifas son de EUR 44 por el estudio y EUR 44 por la expedición, para un total de EUR 88.
Cuando el pago se realiza en Colombia, la plataforma genera el valor correspondiente en pesos colombianos. El valor final puede variar por la conversión aplicable y por impuestos que legalmente correspondan.
Tiempo de estudio
Después de diligenciar completamente la solicitud, adjuntar los documentos y pagar el estudio, la Autoridad de Visas puede tardar hasta treinta (30) días calendario en emitir un pronunciamiento.
Este tiempo puede extenderse cuando sea necesario solicitar documentos adicionales, realizar una entrevista o consultar información con otras entidades.
Pago después de la aprobación
Si el traspaso es autorizado, el solicitante tendrá hasta diez (10) días calendario para pagar la expedición. Si no realiza el pago dentro de ese plazo, se entenderá que desiste del trámite.
Importante: El pago del estudio no es reembolsable ni garantiza la aprobación del traspaso.
Preguntas frecuentes sobre el traspaso de visa
¿El traspaso significa solicitar una visa nueva?
No. El traspaso es la actualización y reexpedición de una visa previamente otorgada. No corresponde a una nueva categoría de visa ni amplía automáticamente su vigencia.
¿La Visa de Residente Permanente debe traspasarse cada cinco años?
Sí. Los titulares principales y beneficiarios de Visa de Residente Permanente deben efectuar el traspaso cada cinco (5) años para actualizar y reexpedir el documento electrónico correspondiente.
¿Cuál es el plazo para las antiguas visas de residente indefinidas?
El régimen transitorio permite realizar determinados traspasos de Visa de Residente Permanente hasta el 31 de octubre de 2026. Se recomienda no esperar hasta los últimos días para presentar la solicitud.
¿Se necesita salvoconducto para el régimen transitorio?
Actualmente, las personas cobijadas por la medida transitoria pueden presentar el traspaso de la Visa de Residente Permanente sin aportar salvoconducto. Esta excepción no elimina los demás requisitos ni garantiza la aprobación.
¿Puedo efectuar el traspaso utilizando otra nacionalidad?
No. El traspaso debe solicitarse utilizando la misma nacionalidad con la que fue otorgada la visa original.
¿Debo tramitar una nueva cédula de extranjería?
Después del traspaso deberá verificarse el registro de la nueva visa ante Migración Colombia. Si se modificaron los datos que aparecen en la cédula de extranjería, podrá ser necesario solicitar una nueva cédula.
¿El traspaso garantiza que la visa será aprobada?
No. La solicitud será evaluada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. El pago del estudio y la presentación de los documentos no garantizan una decisión favorable.
¿Después del traspaso puedo solicitar la nacionalidad colombiana?
El traspaso y la nacionalidad son procedimientos diferentes. Después de actualizar la Visa de Residente Permanente, puede revisarse si la persona cumple el tiempo de domicilio y los demás requisitos para solicitar la nacionalidad colombiana por adopción. La nacionalidad no se concede automáticamente.
¿Necesita realizar el traspaso de su visa?
En Tu Paso Legal revisamos su tipo de visa, el motivo del traspaso y los documentos disponibles para determinar los requisitos aplicables a su caso.
Le acompañamos en la organización de los soportes, elaboración de la carta explicativa, diligenciamiento de la solicitud y seguimiento del trámite ante Cancillería.
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